Desde el uno de febrero
Comienza la campaña para presentar las solicitudes de ayudas directas de la PAC para 2016
El próximo lunes, uno de febrero, se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC para 2016, que permitirá a cerca de 844.000 productores presentar, hasta el 30 de abril, la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC). El importe total de las mismas asciende a 4.911 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del uno de diciembre. Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Conviene destacar la importancia de cumplimentar correctamente la solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración, o una presentación fuera de plazo. Igual que en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.
El próximo lunes, uno de febrero, se inicia la campaña de solicitud de ayudas de la PAC para 2016, que permitirá a cerca de 844.000 productores presentar, hasta el 30 de abril, la solicitud única de las ayudas directas de la Política Agrícola Común (PAC). El importe total de las mismas asciende a 4.911 millones de euros, que se podrán abonar en forma de anticipos a partir del 16 de octubre y el saldo a partir del uno de diciembre. Mediante la solicitud única, el productor puede solicitar todas sus ayudas de una sola vez. Conviene destacar la importancia de cumplimentar correctamente la solicitud y presentarla a tiempo, para evitar posibles penalizaciones o incluso la no percepción de las ayudas por una mala declaración, o una presentación fuera de plazo. Igual que en campañas anteriores, la solicitud única debe dirigirse a la autoridad competente de la comunidad autónoma en la que radique la explotación o la mayor parte de la superficie de la misma y en caso de no disponer de superficie, se presentará en la comunidad autónoma en la que se encuentre el mayor número de animales.
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