Redacción
Sábado, 24 de Octubre de 2020
Castilla y León

A partir de esta noche toque de queda de 10 de la noche a las 6 de la mañana

Inicialmente será por un periodo de 14 días

La Junta de Castilla y León aplicará desde esta noche, sábado 24 de octubre, el Acuerdo por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de las personas  en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud pública. Así se ha acordado, ante el empeoramiento continuado de la situación epidemiológica  y asistencial en Castilla y León, durante una reunión extraordinaria del Consejo de Gobierno celebrada ayer.

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La adopción de este Acuerdo supone la implantación de un toque de queda en todo el  territorio de la Comunidad entre las diez de la noche y las seis de la mañana con las excepciones valoradas para ello. El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado hoy (ver documento adjunto).

 

Este Acuerdo, de forma que se le dé publicidad, comenzado su vigencia en ese momento, para un período inicialmente  establecido de catorce días; es decir, hasta el viernes 6 de noviembre. Los Servicios Jurídicos de la Administración autonómica darán traslado de esta medida  al ámbito judicial, al objeto de obtener la oportuna ratificación si así se considerase.

 

Este Acuerdo por el que se limita parcial y temporalmente la libertad de circulación de  las personas en la Comunidad castellana y leonesa, por motivos muy graves de salud  pública valora que, para el control de riesgos por la transmisión comunitaria en todo el  territorio de Castilla y León, únicamente se podrá circular por vías y espacios públicos para la realización de las siguientes actividades, siempre de forma debidamente justificada: 
• Adquisición de productos farmacéuticos y de primera necesidad.
• Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
• Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
• Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
• Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
• Cualquier otra actividad de análoga naturaleza que habrá de hacerse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad o por otra  causa justificada.
• Retorno al lugar de residencia habitual, tras haber realizado las actividades anteriores.

 

También, durante el período establecido de las diez de la noche a las seis de la mañana  del día siguiente, en toda la Comunidad castellana y leonesa se permitirá únicamente la circulación de vehículos particulares por las vías de uso público para la realización de las actividades anteriormente referidas o para el repostaje en gasolineras y estaciones de servicio.

 

La circulación de vehículos por carretera y viales que transcurran o atraviesen el ámbito territorial de Castilla y León estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo.


En todo caso, en cualquier desplazamiento permitido efectuado durante esas horas, deberán respetarse las órdenes y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

 

La norma ahora aprobada supone, asimismo, durante la vigencia del mismo, dejar sin  efecto temporalmente aquellas acciones reflejadas en el Acuerdo 46/2020, por el que  se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19 en Castilla y León en lo que excedan, se opongan o 
contradigan lo ahora dictado.


De igual manera, quedan sin efecto a las 6 de la mañana de este sábado, 24 de  octubre, las medidas referidas a la limitación de la movilidad ciudadana y restricciones a la circulación (cierres perimetrales) vigentes mediante las diferentes órdenes dictadas por la Consejería de Sanidad y que, cronológicamente, afectan a los municipios de León, San Andrés del Rabanedo, Pedrajas de San Esteban (Valladolid), Miranda de Ebro (Burgos), Palencia, San Pedro Latarce (Valladolid), Salamanca, Aranda de Duero (Burgos), Burgos y Ponferrada.

 

 

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