Jose Tejedor
Lunes, 11 de Mayo de 2020
Retazos de Historia - Villamañán

 La ermita de San Pedro y su patronato (Primera parte)

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La Ermita de Nuestra Señora del Sagrario y San Pedro Apostol, conocida en la actualidad como Ermita de San Pedro, fue mandada construir por el Capitán de Infantería Don Gaspar Asensio de Córdoba, Señor de la Venta de Alcorcón, Familiar de la Suprema y General Inquisición del Santo Oficio, natural de Villamañán y vecino de Villamañán y de Madrid, donde vivía.

 

Sépase como yo, el Capitán don Gaspar Asensio de Córdoba, vecino de esta Villa de Madrid y morador en mis casas propias en la Calle de la Comadre de Granada, de la Parroquia de San Justo y Pastor, y vecino y natural de la Villa de Villamañán, Diócesis de León, y Procurador General de ella por el Estado de Hijos Dalgo y Familiar de la Suprema y General Inquisición del Santo Oficio.

 

Don Gaspar nació en Villamañán en mayo de 1623 y era hijo de Fernando Asensio y Beatriz de Córdoba, naturales y vecinos de Villamañán. Tuvo dos hermanas, Ana, que se casó con Pedro de Gavilanes, vecino de Villaornate, y María, que se casó con Antonio González.

 

Se casó con Doña Bernarda Juana de Vidarte en el año 1669 y no tuvieron hijos. En el contrato matrimonial otorgado ante Eugenio de Valladolid, Escribano del Número de la Ciudad de Toledo, se estipula lo que cada uno de ellos aportaba al matrimonio. Doña Bernarda aportó dos casas, una en la Calle de los Jardines y la otra en la Calle del Pozo, detrás del Convento de la Victoria. Estas casas estaban gravadas con dos censos que Don Gaspar redimió, uno de 6.000 reales a favor de las Memorias de Alonso del Monte y otro de 1.000 ducados a favor de Don Mateo de Tovar y sus hermanos. Además de estos dos censos, las citadas casas estaban embargadas por el Consejo de Cruzada en 16.000 reales que le habían sido entregados a Don Francisco de Santiago, tío de Doña Bernarda. Para levantar este embargo Don Gaspar entabló un pleito y llegó al acuerdo de pagar 400 ducados al Consejo de Cruzada, pero los gastos del pleito y los regalos que hizo para llegar al acuerdo elevaron la cantidad hasta los 600 ducados. Por su parte, Don Gaspar aportó al matrimonio la casa en que vivía en la calle de la Comadre de Granada, una casa con un jardincillo en la misma calle, una casa en la calle de Santa María, una casa en la calle de los Cabestreros, una casa destinada a Posada en la calle de Jesús María, una Venta con 50 o 60 fanegas de tierra de sembradura en Alcorcón, dos molinos harineros en el valle y arroyo de Meaque, que quedaba por encima de la Casa de Campo, 11 o 12 censos que rentaban 200 ducados anuales y una licencia para construir molinos harineros en el citado valle y arroyo de Meaque, otorgada por el Real Consejo de Castilla y Villa de Madrid y Junta de Obras y Bosques.

 

La casa destinada a posada que tenía en la calle de Jesús María la vendió en 25.000 reales, de los cuales dio 600 ducados en dote a su sobrina Ana Asensio cuando esta se casó con Gaspar de la Cruz.

 

Antes de casarse le habían robado más de 1.500 doblones y de ellos logró recuperar por vía de arreglo 24.000 reales en dinero y 6.000 en una lámina de la Sagrada Cena, en bronce dorado demolido y filigrana de plata, que le dio el Licenciado don Alonso Pimentel, Rector del Hospital de la Latina de Madrid, como tío de Pedro Fernández, uno de los inculpados en el robo.

 

Después de casado Don Gaspar entabló un pleito con el fin de que se le pagase a su mujer la mitad de un censo de 4.000 reales con que estaban gravadas unas casas que un tal don Antonio Pacheco tenía como se va de la Red de San Luís a los Agonizantes. Este censo pertenecía a Doña Bernarda de Vidarte por muerte de Don Juan de Vidarte, su padre, a quien se lo mandó Doña Inés de Vidarte, su prima, monja que fue en el Convento de Constantino Pla. Al final del pleito Don Gaspar logró cobrar 15.000 reales.

 

En el momento de dictar testamento Don Gaspar tenía en prenda unas casas que estaban en la Carrera de San Francisco, gravadas con un censo de 700 ducados de plata a su favor. 

 

En el testamento que don Gaspar otorga en Madrid el 28 de abril de 1681, ante el Escribano Miguel Ibáñez, dispone que quería ser enterrado en la Ermita que iba a construir en término de Villamañán, pero mientras tanto, su cuerpo debía ser depositado en la bóveda de la Capilla de San Juan Evangelista del Convento de San Francisco de Madrid.

 

Primeramente, encomiendo mi alma a Dios Nuestro Señor que la crio y redimió con su preciosa sangre y el cuerpo a la tierra de que fue formado, el cual quiero sea depositado con el hábito de nuestro Padre San Francisco en la bóveda de la Capilla de San Juan Evangelista que está en el Convento de San Francisco de esta Villa, a los pies de la Iglesia, en el transito que va del Claustro a la Portería, de que es Patrona doña Juana Bernarda de Vidarte, mi mujer, y para ello mi cuerpo sea metido en un ataúd forrado de bayeta negra, claveteado y cerrado con llave y en dicho ataúd pongan un letrero por la parte de fuera y otro por la parte de dentro en el que diga está en ella mi cuerpo y se ponga en esta conformidad en dicha bóveda en parte separada, para que sea conocido y se lleve a dar sepultura en la Ermita de Nuestra Señora del Sagrario y San Pedro Apóstol que por este mi testamento he de mandar se haga en término de dicha Villa de Villamañán, con todo secreto. Y la forma de mi entierro la dejo a disposición de mis testamentarios, a quienes pido lo hagan con toda modestia y sin vanidad.

 

Para cumplir su testamento, don Gaspar mandó vender las casas que tenía en Madrid y la licencia y facultad para construir molinos harineros en el valle y arroyo de Meaque. También mandó utilizar 3.000 reales que estaban en poder de su mujer y 80 o 90 fanegas de trigo que tenía en su casa.

 

Item mando que para el cumplimiento de todo lo que hasta aquí llevo mandado en este mi testamento, se vendan cuatro casas que tengo, la una en que vivo en dicha Calle de la Comadre de Granada y otras pequeñas con un jardinillo en dicha calle y otras en la Calle de Santa María, junto a Antón Martín, y otras pequeñas en la Calle de los Cabestreros de esta Corte y la licencia y facultad que tengo del Real Consejo de Castilla y Villa de Madrid y Junta de Obras y Bosques, para hacer molinos de grano harineros en el valle y arroyo de Meaque, que está encima de la Casa de Campo, en virtud de la cual están hechos dos y se pueden fabricar conforme a ella todos los que se quisieren por mí y mis herederos y sucesores. Y para ello, así mismo, mis testamentarios se valgan de tres mil reales que están en un bolsillo en poder de la dicha doña Bernarda de Vidarte, mi mujer, para los gastos de mi entierro y misas, y de ochenta o noventa fanegas de trigo que tengo en ser en mi casa.

 

Con el dinero que sobrase, don Gaspar mandó pagar la construcción de la Ermita y el retablo y adorno de la misma, no excediendo de los 8.500 reales en total.

 

Y de lo que sobrare después de cumplido lo referido, mando y es mi voluntad se fabrique entre las dos villas de Villamañán y Villacé una Ermita de la advocación de Nuestra Señora del Sagrario y San Pedro Apóstol, que no exceda su fábrica de siete mil reales, doscientos más o menos. Y para el retablo y adorno de ella de presente se gasten hasta mil y quinientos reales poco más o menos.

 

Mientras las casas y licencia para construir molinos no se vendiesen, su administración quedaba a cargo de los testamentarios, que las debían vender antes de los cuatro años desde el fallecimiento de don Gaspar.

 

En su codicilo dispone que primero se vendan las casas de la Calle de la Comadre de Granada y después las otras dos, quedando las rentas de estas a favor del Capellán de la Capellanía que iba a dejar fundada.

 

En otra de las cláusulas de su testamento, don Gaspar también dispone que quería ser enterrado en la Ermita que había mandado construir, cosa que no debió de producirse, ya que en la última restauración que se hizo de la Ermita no se han encontrado restos que indiquen que don Gaspar está enterrado en ella. De los escudos de armas que debían figurar en la fachada de la Ermita y encima del sepulcro, tampoco hay restos.

 

Y después de lo referido, los dichos Curas hagan que en la dicha Ermita, en la pared del lado del Evangelio, se haga un nicho de piedra labrado y en él una urna de lo mismo y encima del dicho nicho y a la puerta de dicha Ermita, por la parte de afuera, se ponga un escudo de piedra con mis armas de los apellidos de Asensio y Córdova y la orla del hábito de la Santa Inquisición, para lo cual se sacará certificación de un rey de armas de las que me tocan por dichos apellidos de Asensio y Córdova y por Capitán de Infantería Española, que así mismo se han de poner en dichos escudos.

 Y hecho el dicho nicho y urna, los mis Patronos enviarán a esta Corte persona a costa de mi hacienda que con todo silencio saque de la dicha bóveda y ataúd mis huesos y los meta en un cofrecito pequeño y lo lleve oculto y secreto a la dicha Ermita y en ella se me diga misa cantada de cuerpo presente, con diácono y subdiácono, vigilia y responso, y, acabados, los pongan en la urna del dicho nicho y al pie de él, en una piedra, un letrero que diga de quién son los huesos.

Además de hacer el nicho, también mando poner una campana en la espadaña.

Y así mismo mando se haga en dicha Ermita una campana pequeña en toda forma, de hasta dos arrobas de metal, y se ponga en la torrecilla de la dicha Ermita.

  

 También dio facultad a los Patronos para nombrar Ermitaño que cuidase de la Ermita.

 

Item mando y es mi voluntad que si los dichos Patronos quisieren nombrar Ermitaño que asista a la dicha Ermita y cuide de ella, lo podrán hacer y removerle o quitarle con causa o sin ella siempre que sea su voluntad y nombrar otros de nuevo. Y en las vacantes de no haber Ermitaño, tenga la llave y cuide de ella el dicho Capellán, el cual ha de tener obligación de tenerla limpia y aseada con toda decencia

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